¿Qué dice el decreto que declara terrorista a Hezbollah?

Amia, COMUNIDAD

JAI

El presidente Mauricio Macri firmó ayer el decreto a través del cual crea un registro Público de Personas y entidades vinculadas a actos de terrorismo y su financiamiento (RePET) que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y que tendrá por objetivo «prevenir, combatir y erradicar el terrorismo y su financiamiento».

Según el texto completo del decreto que fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial y que lleva por número el 489/2019, el registro «tendrá como fin brindar acceso e intercambio de información sobre personas humanas, jurídicas y entidades vinculadas a actos de terrorismo o su financiamiento y facilitar la cooperación doméstica e internacional para prevenir, combatir y erradicar el terrorismo y su financiamiento».

En la elaboración del RePET se garantizará «la protección de datos a través de las medidas de seguridad pertinentes y determinando la forma de acceso a la información».

Si bien el texto del decreto no lo dice abiertamente, la medida presidencial tiene un nombre y apellido: Hezbollah. Es que esta organización terrorista señalada por la justicia argentina por ser partícipe del atentado a la AMIA y a la embajada de Israel en Buenos Aires no estaba hasta ahora comprendida en la legislación argentina. Es que siguiendo las normas internacionales el país sólo incluía como organizaciones terroristas a aquellas que incorpora la ONU como Al Qaeda..

Éste fue un reclamo concreto que durante muchos años llevó adelante la comunidad judía en su conjunto y los gobiernos de Estados Unidos y de Israel. De hecho, el secretario de Estado norteamericano Mike Pompeo vendrá este jueves al país para plantear este tema en medio de la conmemoración de los 25 años del atentados a la AMIA.

El decreto ahora habilitará a incluir a estas organizaciones o personas que colaboren con ellas en el RePET.

También el decreto que firmó Macri con la rúbrica del canciller Jorge Faurie menciona que las áreas competentes para la elaboración del registro son la Cancillería, el Ministerio de Seguridad, las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Dirección de Migraciones.

En el plano práctico el decreto estableció que la UIF «hará saber los datos contenidos en el Registro a los sujetos obligados identificados en el artículo 20 de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias y a solicitud de sus pares extranjeras». Esto tiene una explicación: fue la UIF que lidera Mariano Federici la que insistió con la creación de este registro y la que avanzó en la práctica con la persecución de grupos relacionados con el financiamiento a Hezbollah como fue el caso Barakat en la Triple Frontera el año pasado.

Para la elaboración del RePET se contemplará a «toda persona humana, jurídica o entidad sobre la que haya recaído resolución judicial o del Ministerio Público Fiscal que le impute o admita la formalización de una investigación» por alguno de los delitos cometidos con la finalidad específica de un acto terrorista.

A la vez, se incluirá a todas personas u organizaciones incluidas en las listas elaboradas de conformidad con la Resolución 1267 (1999) del Consejo de Seguridad de la ONU. Y a Todas las personas o entidades sobre la cual la UIF haya ordenado el congelamiento administrativo de activos».

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